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¿QUIÉN ES EL PROCURADOR?
- El procurador es quien comparece en el juicio en representación de otra persona.
- Según la actual Ley Orgánica del Poder Judicial el procurador es la representación procesal.
¿COMO SE OTORGA LA REPRESENTACIÓN AL PROCURADOR?
- Los justiciables deben acudir ante un Notario o ante el Secretario Judicial para efectuar el apoderamiento que permita al procurador representarles.
¿QUE HACEN LOS PROCURADORES?
- Seguir el proceso, estar pendientes de todos los pasos y tener informados al cliente y a su abogado.
- Responsabilizarse de todos los trámites: recibe y firma los emplazamientos, citaciones, notificaciones, etc.; asiste a todas las diligencias y actos necesarios del pleito. Todo ello en representación y a favor de su cliente.
- Transmitir al abogado todos los documentos e instrucciones que lleguen a sus manos.
- Pagar los gastos que se generen a instancia del cliente y dar cuenta documentada de los mismos.
- A través del Procurador se establece la relación entre el Tribunal y el justiciable
¿A QUE ESTÁ OBLIGADO UN PROCURADOR?
- A colaborar con los órganos jurisdiccionales en la Administración de la Justicia.
- A defender con profesionalidad los intereses de sus representados.
- A residir en su territorio o demarcación judicial.
- A llevar documentalmente los datos precisos sobre los negocios que le haya sido encargados.
- A representar a los litigantes sin recursos económicos en los casos provistos por la ley.
PARA EJERCER DE PROCURADOR ES NECESARIO:
- Ser Licenciado en Derecho.
- Obtener el título de Procurador, expedido por el Ministerio de Justicia.
- Colegiarse donde se desee actuar.
- Pagar la fianza que exigen los Estatutos.
- Prestar juramento o promesa ante el órgano que corresponda.
ORGANIZACIÓN PROFESIONAL:
- Los Colegios son los garantes y defensores de la profesión.
- Es obligatorio, por ello, la inscripción de los Procuradores en el Colegio.
- Los Colegios se rigen por una Junta de Gobierno presidida por el Decano y elegida democráticamente.
- El órgano supremo de coordinación de los Colegios es el Consejo General, que junto con la Asamblea de Decanos, son los máximos órganos decisorios y rectores de los Procuradores en España.
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